EL CONSELL IMPULSA UN PROYECTO PILOTO DE MEDIACIÓN PENAL INTRAJUDICIAL EN VALENCIA
18/10/2013
El Consell ha aprobado el convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, la Conselleria de Gobernación y Justicia, la Fundación FAVIDE, la Universitat de València, la Fiscalía Provincial de Valencia, el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, el Ilustre Col.legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana y la Asociación Profesional de Criminólogos de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de un proyecto piloto de mediación penal intrajudicial en la ciudad de Valencia.
La mediación penal consiste en la participación voluntaria del imputado por un delito o falta y de la víctima -o persona perjudicada- en un proceso de diálogo y comunicación conducido por un mediador imparcial, con el fin de conseguir la reparación adecuada al daño causado y la solución del conflicto desde una perspectiva justa y equilibrada para los intereses de las partes.
La mediación en el ámbito penal es una realidad y una necesidad en nuestra sociedad actual. Actualmente en la Comunitat Valenciana existen tres proyectos piloto en esta materia llevados a cabo por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de Torrent; el Juzgado de lo Penal número 2 de Alicante y la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante.
Este convenio permitirá a la ciudad de Valencia contar con su propio proyecto piloto de mediación penal intrajudicial y evaluar los resultados gracias a la colaboración de estas ocho instituciones, que unirán sus voluntades y esfuerzos para la puesta en marcha de este proyecto.
El objetivo de dicha colaboración es ofrecer a las víctimas, órganos judiciales y demás operadores jurídicos la posibilidad de resolver el conflicto mediante un proceso de mediación en el ámbito de la jurisdicción penal para el que se han destinado un total de 23 mediadores de los firmantes del convenio, repartidos en tres equipos de mediación.
Para este proyecto piloto se establecerá una comisión de seguimiento formada por dos representantes de cada una de las partes integrantes del convenio de colaboración, cuyas funciones serán las de estudiar las normas de actuación y, en su caso, aconsejar las modificaciones oportunas para el desarrollo del proyecto; velar por el buen y eficaz desarrollo del mismo y resolver los problemas de interpretación que pudieran surgir.
Cabe recordar que la Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea de 15 de marzo (2001/220/JA), relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal, establece que los estados miembros procurarán impulsar la mediación en las causas penales.
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