En el panorama moderno en constante cambio, las familias del siglo XXI están formadas por múltiples tendencias y estilos de vida. Los matrimonios entre personas del mismo sexo, la identidad de género, la paternidad monoparental, la subrogación, los tratamientos de fertilidad y la adopción internacional están cambiando las estructuras de lo que históricamente se consideraba una ‘ familia tradicional ‘ .
La “ familia moderna ” requiere una atención significativa para su progresión en constante cambio. Los derechos a formar una familia y los derechos al matrimonio y la paternidad difieren de una jurisdicción a otra, lo que lleva preocupantemente a la desprotección de la identidad de niños y adultos.
La ley no está cambiando a la misma velocidad que nuestra sociedad en todas las jurisdicciones y la falta de consistencia en el reconocimiento de los derechos de familia está generando falta de seguridad jurídica internacional y, más preocupante, se están creando foros de conveniencia (= forum shopping)1. El ambiente político actual no está ayudando a adecuar nuestros ordenamientos jurídicos a las exigencias de la sociedad actual.
La crisis mundial actual está construyendo barreras que impiden adaptarse a los requisitos recientes de la “ familia moderna ”.
Junto con nuestros derechos familiares como individuos, debemos tener en cuenta la protección de los bienes de la familia en una familia moderna internacional. Los herederos tienen diferente estatus dependiendo de si hay testamento y/o qué jurisdicción determinaría el legado. Estas familias requieren ayuda para planificar su futuro con respecto a los aspectos internacionales de sus familias y negocios en todo el mundo.
El abogado de familia también ha sentido la necesidad de modernizarse. Las redes sociales impactan las relaciones y la identidad propia, así como las formas de producir evidencia en los tribunales de familia a nivel mundial. La tecnología está empezando a comportarse de formas inteligentes e impredecibles que ni siquiera sus creadores entienden. La autenticidad de las pruebas en los procesos de familia es un reto profesional actual ya que las redes sociales escapan al control de las competencias judiciales.
1.- El tema que más se ha debatido por los miembros y cuya relevancia es cada día mayor es el llamado FORUM SHOPPING o elección del foro más favorable al calor del art. 3 del Reglamento Bruselas II Bis. Todo empieza con la adopción por parte de los países miembros de la UE de medidas de cooperación judicial en aras de un buen funcionamiento del mercado interior. Tomando como precedente el Reglamento 1347/2000 Bruselas II (EDL 2000/86873), el Consejo adoptó el Reglamento Bruselas II Bis y en su art. 3 contempló siete foros de competencia alternativos, aspecto que desde entonces ha llevado a los asesores de las partes a animar a escoger uno u otro en función de los previsibles resultados a obtener en las distintas jurisdicciones. fuente: web del derecho.com